
A partir del 3 de febrero de 2024, los grandes contribuyentes que sean facturadores electrónicos y expidan tiquetes de máquina registradora con sistema POS como soporte de las operaciones de venta, deberán implementar el nuevo documento equivalente electrónico – POS electrónico. Este procedimiento está contemplado en la Resolución 165 expedida en noviembre de 2023 por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
DIAN
En consecuencia, se amplía el ecosistema de factura electrónica creado por (DIAN) para darle a los contribuyentes mayor transparencia y control al aumentar el número de personas a quienes se les deben emitir documentos electrónicos, de modo que casi todas las empresas están obligadas a reportar las ventas electrónicamente.
¿Qué es el documento equivalente electrónico?
Según la Resolución DIAN No. 165, el documento equivalente electrónico, es un documento digital que tiene una validez similar a una factura electrónica convencional; sin embargo, se utiliza en circunstancias en las que el emisor no está obligado a expedir una factura electrónica.
¿Quiénes están obligados a generar documentos electrónicos?
Los sujetos que emitan documentos equivalentes a las facturas de venta pasan a ser los nuevos obligados a emitir los documentos equivalentes electrónicos. Estos documentos están listados en los artículos 1.6.1.4.6, del Decreto No. 1625 de 2016, y son los siguientes:
- El tiquete de máquinas registradoras con sistemas P.O.S.
- La boleta de ingreso al cine.
- El tiquete de transporte de pasajeros.
- El extracto.
- Tiquete o billete de transporte aéreo de pasajeros.
- El documento en juegos localizados.
- Boleta, fracción o formulario en juegos de suerte y azar diferentes de los juegos localizados.
- Documento expedido para el cobro de peajes.
- El comprobante de liquidación de operaciones expedido por la Bolsa de Valores.
- El documento de operaciones de la bolsa agropecuaria y de otros commodities.
- Documento expedido para los servicios públicos domiciliarios.
- La boleta de ingreso a espectáculos públicos.
- y boleta de ingreso a los espectáculos públicos previstos en el parágrafo 1 del artículo 3 de la Ley 1493 de 2011.
Actualmente, estas transacciones se emiten de forma manual, pero con este cambio ahora están obligados a migrar a un sistema electrónico y reportar inmediatamente a la DIAN cada vez que alguien compre un bien y/o servicio.
¿A partir de cuándo se debe transmitir este documento electrónico?
La fecha límite para implementar y enviar documentos equivalentes electrónicos a la factura de venta por parte de los obligados electrónicos según la resolución son:
Para el documento equivalente electrónico tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S., será de acuerdo con la calidad del contribuyente con relación al impuesto de renta y complementarios:
Grupo | Fecha para la implementación | Calidad del contribuyente de renta y complementarios |
1 | 3 de febrero de 2024 | Grandes Contribuyentes |
2 | 1 de marzo de 2024 | Declarantes del Impuesto sobre la Renta que no tengan la calidad de Grandes Contribuyentes |
3 | 1 de abril de 2024 | No declarantes del Impuesto sobre la Renta y Sujetos que no tengan ninguna de las calidades mencionadas. |
Otros documentos equivalentes
Documento equivalente electrónico | Fecha máxima de implementación |
Servicios públicos domiciliarios | 1 de mayo de 2024 |
El tiquete de transporte de pasajeros | 1 de mayo de 2024 |
El extracto | 1 de mayo de 2024 |
Tiquete o billete de transporte aéreo de pasajeros | 1 de junio de 2024 |
El documento en juegos localizados | 1 de junio de 2024 |
La boleta, fracción o formulario en juegos de suerte y azar diferentes de los juegos localizados. | 1 de junio de 2024 |
Documento expedido para el cobro de peajes. | 1 de julio de 2024 |
El comprobante de liquidación de operaciones expedido por Bolsa de Valores | 1 de julio de 2024 |
El documento de operaciones de la bolsa agropecuaria y de otros commodities | 1 de julio de 2024 |
Boleta de ingreso a espectáculos públicos. | 1 de agosto de 2024 |
La boleta de ingreso a espectáculos públicos. | 1 de agosto de 2024 |
Se puede soportar los impuestos descontables de IVA, costos y deducciones en el Impuesto sobre la Renta y Complementarios
El documento equivalente electrónico tiquete de máquina registradora con sistema POS permitirá a los compradores solicitar la devolución de los impuestos, costos y gastos del IVA deducidos en el Impuesto sobre la Renta y Complementarios, solo si el documento identifica correctamente el nombre o razón social del comprador y su número de identificación o NIT.
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Ten en cuenta, si actualmente expides documentos equivalentes a la factura de venta, podrás decidir no implementar el documento equivalente electrónico y elegir facturar electrónicamente todas tus operaciones de venta de bienes o servicios.
En caso de que optes por implementar el documento equivalente electrónico, es necesario que se realice el proceso de habilitación y adaptación tecnológica con celeridad, para cumplir con las fechas de obligatoriedad de expedición electrónica establecidas en la Resolución 165 de 2023.
Como lo indica la DIAN, «el POS electrónico no tendrá limitación de valor, es decir, no aplicará el límite de 5 UVT para su expedición, como se había definido en la Resolución 1092 de 2022«.
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