Resolución 165 de 2023: Novedades en la facturación electrónica

Facturación electrónica

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN) ha publicado la Resolución 165 de 2023, por la cual se adopta la versión 1.9 del Anexo Técnico de Facturas Electrónicas de Venta. Adicionalmente, se ha publicado el Anexo técnico 1.0 de Documentos electrónicos equivalentes.

Los anexos técnicos actualizados tienen una importancia significativa para las empresas que emiten facturas de venta electrónicas y documentos equivalentes en Colombia. Aseguran la adecuada implementación de la facturación electrónica y los documentos equivalentes electrónicos.

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La DIAN publica la Resolución 165 de 2023 que adopta los anexos técnicos 1.9 y 1.0

La DIAN de Colombia ha publicado la Resolución 165 de noviembre de 2023, que incluye los Anexos Técnicos 1.9 y 1.0. Estos anexos sustituirán completamente a la Resolución 42 del año 2020, una vez se cumpla el calendario de implementación previsto en el Artículo 23 de la nueva Resolución.

Se establecen nuevas fechas de implementación para los documentos equivalentes, desde los Tiquetes de Máquina Registradora Electrónicas con sistema P.O.S.

Los sujetos obligados a facturar deberán adoptar la versión 1.9 del Anexo Técnico de factura electrónica de venta en un plazo de tres (3) meses, contados a partir de la publicación de la Resolución, que será el 1 de febrero de 2024, sin perjuicio de que la DIAN pueda establecer un plazo diferente.

La Resolución clasifica a los obligados en dos categorías para la implementación del documento equivalente electrónico:

  1. Los obligados a implementar documento equivalente electrónico tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S
  2. Obligados a implementar otros documentos equivalentes electrónicos, de acuerdo con las fechas establecidas en el artículo 23 de la Resolución.

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Calendario de implementación

Se ha establecido un cronograma específico para la implementación del documento electrónico equivalente para tiquetes de máquina registradora con sistema P.O.S., basado en la calidad del contribuyente en lo que respecta al impuesto sobre la renta y complementarios. El cronograma es el siguiente:

GrupoFecha para la implementación electrónica del documentoCalidad del contribuyente de renta y complementarios
13 de febrero de 2024Grandes Contribuyentes
21 de marzo de 2024Declarantes del Impuesto sobre la Renta que no tengan a calidad de Grandes Contribuyentes
31 de abril de 2024No declarantes del Impuesto sobre la Renta
Sujetos que no tengan ninguna de las calidades mencionadas

Fechas de implementación

Para los otros documentos equivalentes electrónicos, se establece un calendario de implementación que se muestra a continuación:

Documento equivalente electrónicoFecha de Implementación
Servicios públicos domiciliarios1 de mayo de 2024
El tiquete de transporte aéreo de pasajeros.1 de mayo de 2024
El extracto1 de mayo de 2024
El tiquete o billete de transporte aéreo de pasajeros.1 de junio de 2024
La boleta, fracción, formulario, cartón, billete o instrumento en juegos de suerte y azar diferentes a los juegos localizados.1 de junio de 2024
Documento en juegos localizados1 de junio de 2024
El documento expedido para el cobro de peajes.1 de julio de 2024
El comprobante de liquidación de operaciones expedido por la Bolsa de Valores.1 de julio de 2024
Documento de operaciones de la bolsa agropecuaria y de otros commodities.1 de julio de 2024
La boleta de ingreso a espectáculos públicos de las artes escénicas y otros espectáculos públicos.1 de agosto de 2024
Boleta de ingreso a cine.1 de agosto de 2024

La resolución también incluye notas de ajuste en el documento electrónico equivalente, que se crean para anular o corregirlo. Además, el anexo técnico para facturación electrónica ha sido actualizado a la versión 1.9. Es importante señalar que las notas de ajuste de las facturas electrónicas de venta que se incluyeron en el proyecto de Resolución Dian 165 del 1 de noviembre de 2023 no se incluyeron.

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La resolución reitera temas como las generalidades del sistema de facturación electrónica, los sujetos obligados a expedir facturas y sus requisitos; la autorización de numerar consecutivamente las facturas de venta, documentos equivalentes y documentos soporte en adquisiciones realizadas a sujetos no obligados a expedir facturas de venta o documentos equivalentes; y la interacción de los documentos que conforman el sistema de facturación electrónica.

Los sujetos obligados a facturar y generar documentos equivalentes electrónicos deben tener en cuenta los plazos establecidos en la Resolución 165 de noviembre de 2023 para cumplir con sus obligaciones fiscales.

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<strong>Adriana Candamil</strong>

Adriana Candamil

Marketing digital

Redacción creativa y creadora de contenido audiovisual. Apasionada por temas de innovación y emprendimiento.

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