En Colombia, el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias no solo evita intereses y requerimientos, sino también sanciones que pueden resultar más altas de lo esperado. Dentro de estas, existe una disposición que muchos contribuyentes pasan por alto: la sanción mínima, un valor base que debe pagarse aun cuando el cálculo de la multa arroje un monto inferior.
Este concepto, regulado en el artículo 639 del Estatuto Tributario y aplicado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), tiene un impacto directo en la planeación tributaria de personas naturales y empresas. Por ello, entender su alcance, su forma de aplicación y sus excepciones es clave para evitar contingencias y tomar decisiones financieras informadas.
A continuación, analizamos en detalle qué es la sanción mínima, cuándo se aplica y cómo prevenirla.

¿Qué es la sanción mínima?
La sanción mínima en Colombia es el valor base que debe pagarse cuando una infracción tributaria genera una multa inferior al monto establecido por la ley.
Está regulada en el artículo 639 del Estatuto Tributario y establece que ninguna sanción podrá ser inferior a 10 UVT (Unidades de Valor Tributario), salvo excepciones expresamente señaladas.
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En términos prácticos:
Si el cálculo de la sanción arroja un valor menor a 10 UVT, el contribuyente deberá pagar el equivalente a 10 UVT como mínimo legal.
¿Cuánto es la sanción mínima en 2026?
La sanción mínima equivale a 10 UVT.
Para 2026, el valor de la UVT es de aproximadamente $52.400 COP, por lo que la sanción mínima corresponde a:
$524.000 COP
Este valor cambia cada año, ya que la UVT es actualizada anualmente por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
¿Cuándo se aplica la sanción mínima?
La sanción mínima aplica cuando:
- Existe una infracción tributaria.
- La sanción calculada es inferior a 10 UVT.
- No se trata de una excepción legal.
Entre los casos más comunes donde puede aplicarse están:
1. Sanción por extemporaneidad
Cuando una declaración se presenta después del vencimiento del plazo.
2. Sanción por no declarar
Cuando el contribuyente omite presentar una declaración obligatoria.
3. Sanción por corrección o inexactitud
Cuando se detectan errores que generan mayor impuesto a cargo.
4. Sanción por no enviar información exógena
Cuando no se suministra información requerida por la administración tributaria.
En todos estos casos, si el cálculo arroja menos de 10 UVT, se paga la sanción mínima.
¿Cuándo NO aplica la sanción mínima?
No todas las sanciones están sujetas a este piso legal. No aplica en:
- Intereses moratorios (se liquidan diariamente según tasa vigente).
- Sanciones por no inscribirse en el RUT.
- Sanciones por no actualizar el RUT.
- Algunos casos del Régimen SIMPLE de Tributación.
Cada situación debe analizarse técnicamente, ya que aplicar mal la sanción mínima puede generar pagos indebidos o inconsistencias contables.
Ejemplo práctico
Un contribuyente presenta tarde su declaración y la sanción calculada equivale a $280.000 COP.
Como este valor es inferior a $524.000 COP (10 UVT en 2026), deberá pagar:
✅ $524.000 COP (sanción mínima)
Impacto contable y tributario
Desde la perspectiva técnica:
- Afecta el gasto fiscal del período.
- Incide en la liquidez empresarial.
- Puede generar riesgos de fiscalización si se liquida incorrectamente.
- Impacta la planeación tributaria anual.
Por eso, una correcta interpretación normativa es clave para evitar contingencias ante la administración tributaria.
¿Cómo evitar pagar sanción mínima?
En Libre Gestión recomendamos:
- Presentar declaraciones antes del vencimiento.
- Implementar calendario tributario digital.
- Revisar conciliaciones contables periódicamente.
- Automatizar procesos con software contable certificado.
- Realizar auditorías preventivas.
La prevención es menos costosa que la corrección.
🧐 Conoce mas: Calendario tributario 2026.
La sanción mínima en Colombia es un mecanismo legal que establece un valor base obligatorio cuando se incurre en infracciones tributarias. Para 2026 corresponde a 10 UVT ($524.000 COP).
Comprender cuándo aplica y cuándo no es fundamental para evitar errores en la liquidación de obligaciones tributarias.
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