Cesantías, intereses de cesantías y su liquidación

Las cesantías son una prestación social a cargo del empleador y a favor del trabajador que corresponde en un mes de salario por cada año de servicios prestados o proporcionalmente al tiempo de servicio. Tiene como objetivo principal dar un auxilio monetario cuando la persona termine su relación laboral.

Estas son anualizadas y se manejan a través de los denominados «fondos de cesantías» creado por la Ley 50 de 1990, el cual aplica a los trabajadores vinculados por contrato de trabajo a partir del 1º de enero de 1991, y a los trabajadores antiguos que se acojan a este sistema.

Deben ser depositadas a más tardar, el 14 de febrero de cada año, en la administradora de fondo de cesantías que elija el trabajador. (Valor causado en el año inmediatamente anterior).

¿Cómo se liquidan?

Para liquidarlas se toma como base el último salario mensual devengado por el trabajador, siempre que no haya tenido variación en los últimos tres meses. En caso contrario se calcula el promedio de los salarios obtenidos en el último año. Cuando el trabajador lleva menos de un año, se promediará el salario devengado durante todo el tiempo de servicios.

Fórmula para hallar el valor de las cesantías

(Salario mensual de base número de días trabajados) /360

¿Qué sucede cuando un empleador no las consigna oportunamente al fondo de cesantías?

Si un empleador no consigna oportunamente las cesantías al fondo, deberá asumir una sanción de un día de salario por cada día de retraso. (Artículo 99 de la Ley 50 de 1990).

¿Qué son los intereses de las cesantías?

Es la utilidad sobre el valor de las cesantías acumuladas al 31 de diciembre que corresponde al 12 %. Este monto se debe entregar directamente a los trabajadores antes del 31 de enero.

Fórmula para hallar el valor de los intereses a las cesantías:

(Cesantías * Días trabajados * 0,12) /360

👉 Te puede interesar: Calculadora de cesantías e intereses a las cesantías.

¿En qué eventos se pueden solicitar o retirarlas?

Esta prestación social fue creada como un auxilio monetario cuando la persona quede cesante, sin embargo, también se puede destinar este dinero para:

  • Adquisición, construcción y mejoras de vivienda,
  • Pagos de educación propia, del cónyuge o hijos.

Según el numeral 31 del artículo 879 del Estatuto Tributario, los traslados y retiros totales o parciales y los intereses de cesantías que se realicen mediante abono en cuenta de ahorro, efectivo y/o cheque de gerencia, estarán exentos de GMF.

Aspectos a tener en cuenta

1. Los cambios en el salario de los empleados durante el año afectan la base para la liquidación.

2. La decisión de dónde se consignan las Cesantías es de cada uno de tus empleados; ellos tienen plazo hasta el 31 de diciembre para manifestarte formalmente su decisión.

3. Las Cesantías generan intereses del 12% anual. Debes pagarlos directamente a tus empleados a más tardar el 31 de enero del año siguiente.

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<strong>Adriana Candamil</strong>

Adriana Candamil

Marketing Digital

Redacción creativa y creadora de contenido audiovisual. Apasionada por temas de innovación
y emprendimiento.

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