La presentación de información exógena en Colombia es un requisito crucial para diversas entidades y personas jurídicas que operan en el país. Estos reportes son fundamentales para la Administración Tributaria colombiana, ya que proporcionan datos valiosos sobre transacciones financieras y comerciales que contribuyen a la fiscalización y la prevención del fraude fiscal.
¿Qué es la información exógena?
La información exógena es un conjunto de datos financieros y comerciales que deben ser reportados a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) por parte de ciertas entidades y personas naturales. Este reporte incluye información sobre transacciones financieras, inversiones en el exterior, activos y pasivos financieros, entre otros aspectos relevantes para la tributación en Colombia.
La importancia de la información exógena
El objetivo de la información exógena tributaria es realizar análisis y comparaciones de la información para cumplir la función fiscalizadora, mantener un mayor control tributario y mejorar el cumplimiento de las obligaciones esenciales y formales.
¿Quiénes están obligados a reportar información exógena en 2024?
1. Personas jurídicas y sus asimiladas:
- Que hayan superado los 3.400 UVT en el año gravable 2023 o 2022.
- Entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos con organismos internacionales.
2. Personas naturales y sus asimiladas:
- Que hayan obtenido ingresos brutos superiores a $500.000.000 en el año gravable 2022 o 2023.
- Que la suma de los ingresos brutos por rentas de capital y/o rentas no laborales durante el año gravable 2023 supere los $100.000.000.
- Personas naturales que, habiendo estado en el régimen simple de tributación por el año gravable 2023, durante el año gravable 2022 o 2023, sin importar el tipo de ingreso, haya obtenido ingresos brutos superiores a $500.000.000.
3. Demás obligados:
- Las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, que practiquen retenciones y autorretenciones en la fuente a título del impuesto sobre la renta, impuesto sobre las ventas –IVA– y timbre, durante el año gravable 2023.
- Consorcios y Uniones temporales.
- Mandatarios o contratistas en contratos de mandato o de administración delegada.
¿Qué información se debe reportar?
La información que se debe reportar varía según el tipo de obligado. Sin embargo, en general, se debe reportar la siguiente información:
- Información del declarante: NIT, nombre o razón social, domicilio principal.
- Información del tercero: NIT, nombre o razón social, domicilio principal, concepto de pago, valor del pago, retenciones practicadas.
¿Cuándo se debe reportar la información exógena?
Los plazos para la presentación de la información exógena del 2024 se establecieron así:
Grandes contribuyentes | |
Último dígito | Fecha* |
1 | 24 de abril de 2025 |
2 | 25 de abril de 2025 |
3 | 28 de abril de 2025 |
4 | 29 de abril de 2025 |
5 | 30 de abril de 2025 |
6 | 5 de mayo de 2025 |
7 | 6 de mayo de 2025 |
8 | 7 de mayo de 2025 |
9 | 8 de mayo de 2025 |
0 | 9 de mayo de 2025 |
Personas jurídicas y naturales | |||
Último dígito | Fecha | Último dígito | Fecha* |
01 a 05 | 12 de mayo de 2025 | 51 a 55 | 26 de mayo de 2025 |
06 a 10 | 13 de mayo de 2025 | 56 a 60 | 27 de mayo de 2025 |
11 a 15 | 14 de mayo de 2025 | 61 a 65 | 28 de mayo de 2025 |
16 a 20 | 15 de mayo de 2025 | 66 a 70 | 29 de mayo de 2025 |
21 a 25 | 16 de mayo de 2025 | 71 a 75 | 30 de mayo de 2025 |
26 a 30 | 19 de mayo de 2025 | 76 a 80 | 3 de junio de 2025 |
31 a 35 | 20 de mayo de 2025 | 81 a 85 | 4 de junio de 2025 |
36 a 40 | 21 de mayo de 2025 | 86 a 90 | 5 de junio de 2025 |
41 a 45 | 22 de mayo de 2025 | 91 a 95 | 6 de junio de 2025 |
46 a 50 | 23 de mayo de 2025 | 96 a 00 | 9 de junio de 2025 |
📌 Nota: estas fechas serán las mismas para la presentación de información exógena de los años gravables subsiguientes al 2024. Es de aclarar, que cuando la fecha de vencimiento prevista corresponda a sábados, domingos o días feriados, la obligación se deberá cumplir a más tardar el día hábil siguiente. Esto no modifica ni altera las demás fechas de vencimiento.
¿Cómo se debe reportar la información exógena?
La información exógena se debe reportar a través del portal web de la DIAN, utilizando el aplicativo «DIAN Exógena» y Se debe reportar en el formato 1009 en el concepto 2204, el valor adeudado a diciembre 31 del año o periodo gravable.
Sanciones por no reportar la información exógena:
El no reportar la información exógena o hacerlo de manera extemporánea puede generar las siguientes sanciones:
- Multa: Entre 10 y 70 UVT.
- Intereses de mora: Desde la fecha en que debió presentarse la información hasta la fecha de pago.
- Se recomienda revisar la Resolución 000042 de 2023 de la DIAN para obtener más información sobre los obligados a reportar información exógena, la información que se debe reportar y las fechas límite para hacerlo.
- Es importante tener en cuenta que el no reportar la información exógena o hacerlo de manera incorrecta puede generar sanciones por parte de la DIAN.
- Se recomienda contar con la asesoría de un contador o experto en tributación para garantizar el correcto cumplimiento de esta obligación.
En resumen, la presentación de información exógena es un requisito fundamental para diversas entidades y personas jurídicas en Colombia. Cumplir con esta obligación no solo es importante para evitar sanciones por incumplimiento, sino que también contribuye a mantener la transparencia y la integridad del sistema tributario del país.
Es crucial que todas las partes obligadas comprendan sus responsabilidades en cuanto al reporte de información exógena y se aseguren de cumplir con los plazos establecidos por la DIAN. Esto garantizará una relación fluida con las autoridades fiscales y contribuirá al desarrollo económico sostenible de Colombia.
¡Recuerda mantener tus registros financieros en orden y estar al tanto de cualquier actualización normativa relacionada con la presentación de esta información!
¡Prueba GRATIS nuestro software contable! Organiza tus finanzas, ahorra tiempo y toma mejores decisiones.
¡No esperas más y conoce Libre Gestión!
Adriana Candamil
Marketing Digital
Redacción creativa y creadora de contenido audiovisual. Apasionada por temas de innovación
y emprendimiento.