El formulario 210, fue prescrito por la Dian mediante la Resolución 000044 de 2024, este, debe ser utilizado para presentar la declaración de renta de personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes fiscales correspondientes al año gravable 2023, Conoce los detalles a continuación.
Las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes fiscales en Colombia que cumplan con los requisitos para ser obligados a declarar renta, deben presentar su correspondiente declaración del año gravable 2023 en el formulario 210 habilitados por la Dian, entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2024.
La Dian publicó la Resolución 000044 el 14 de marzo de 2024, mediante la cual prescribió el formulario 210 que deberían emplear las personas naturales y sucesiones ilíquidas mencionadas anteriormente para presentar la declaración de renta del año gravable 2023.
El nuevo Formulario 210 responde a las novedades que trae consigo la Ley 2277 de 2022 sobre el impuesto de rentas de personas naturales. Por esta razón, la Dian creó nuevas disposiciones de este formulario en cada una de las secciones que presentaban novedades.
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Nuevos renglones en el formulario 210
Con 141 renglones, el formulario 210 para el año gravable 2023 tiene más que el formulario empleado para el año gravable 2022 que contenía 138 renglones, los nuevos renglones son:
- Renglón 111 Renta líquida gravable (cédula general o renta presuntiva, de pensiones y de dividendos y participaciones, artículo 241 del ET): Corresponde a las novedades introducidas al artículo 331 del ET, modificado por el artículo 6 de la Ley 2277 de 2022, según el cual a partir del año gravable 2023 se tendrían que tomar todas las rentas líquidas de la cédula general, de pensiones, incluidas las de dividendos, para posteriormente aplicar la tarifa del impuesto de renta según el artículo 241 del ET.
- Renglón 138 Número de dependientes económicos: El máximo de 4 dependientes del numeral 3 del artículo 336 del ET está alineado a la nueva deducción, lo que modificó el artículo 7 de la Ley 2277 de 2022.
- Renglón 139 Adición por dependientes a la casilla 92: El numeral 3 del artículo 336 del ET, modificado por el artículo 7 de la Ley 2277 de 2022, establece que la persona natural puede deducir 72 UVT por cada dependiente ($3.054.000 en 2023 y $3.389.000 en 2024), y hasta 4 dependientes como máximo.
- Renglón 140 – Usted superó tope indicativo artículo 336-1 del ET: El artículo 336-1 del ET, que se agregó por el artículo 60 de la Ley 2277 de 2022, establece que los costos y gastos deducibles por las rentas de trabajo se calculan en un 60 % de los ingresos brutos. No obstante, en caso de que el contribuyente supere el límite indicativo de costos y gastos deducibles para cualquier actividad económica, es necesario que lo indique de manera clara en su declaración de renta.
- Renglón 141 – Aporte voluntario: Los contribuyentes podrán hacer un aporte voluntario sin restricciones, de acuerdo con el artículo 244-1 del ET, que se modificó por el artículo 20 de la Ley 2277 de 2022. Este aporte se puede pagar en pesos o como porcentaje del impuesto a pagar.
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Adriana Candamil
Marketing Digital
Redacción creativa y creadora de contenido audiovisual. Apasionada por temas de innovación
y emprendimiento.