Rentas de trabajo por honorarios y servicios nueva obligación

Rentas de trabajo

A partir del año 2024, se introduce una nueva obligación en la declaración de renta para las personas naturales que obtienen ingresos por rentas de trabajo por honorarios y servicios. Esta nueva disposición exige a los contribuyentes llevar un registro detallado de sus costos y deducciones, con el objetivo de determinar la base gravable sobre la que se aplicará la tarifa de impuesto.

En este artículo, analizaremos en detalle las nuevas obligaciones:

¿Quiénes están obligados a cumplir con esta nueva disposición?

  • Personas naturales que obtienen ingresos por concepto de honorarios y servicios profesionales.
  • Personas naturales que presten servicios a través de plataformas tecnológicas.
  • Personas naturales que sean socios o accionistas de sociedades que no tengan la calidad de empleados.

¿Qué información se debe registrar?

  • Detalle de los ingresos recibidos por cada cliente.
  • Costos y deducciones directamente relacionados con la actividad generadora de ingresos.
  • Fecha y valor de cada pago o abono en cuenta.

¿Cómo se debe llevar el registro?

  • Se puede utilizar un libro contable, una hoja de cálculo electrónica o cualquier otro medio que permita mantener un registro ordenado y actualizado de la información.
  • Es importante conservar los documentos que soporten los costos y deducciones que se declaren.

¿Cuáles son las sanciones por el incumplimiento de esta obligación?

  • La DIAN podrá imponer multas de hasta $10.000.000 por cada mes o fracción de mes en que no se cumpla con la obligación de llevar el registro.
  • Se podrán aplicar sanciones adicionales por la no presentación o presentación extemporánea de la declaración de renta.

¿Qué se considera un costo o deducción?

Costos

  • Gastos directamente relacionados con la actividad generadora de ingresos, como:
    • Arrendamiento de oficina.
    • Compra de materiales.
    • Honorarios de profesionales independientes.
    • Servicios públicos.
    • Depreciación de activos.

Deducciones

  • Descuentos que se pueden aplicar a la base gravable, como:
    • Aportes a salud y pensión.
    • Aportes a fondos de cesantías.
    • Pagos por intereses de créditos hipotecarios.
    • Donaciones a entidades sin ánimo de lucro.

¿Cómo se determina la base gravable?

Base gravable = Ingresos brutos – Costos – Deducciones

¿Qué tarifas de impuesto se aplican?

Las tarifas de impuesto para las rentas de trabajo por honorarios y servicios son las mismas que las de la renta de trabajo dependiente:

TarifaRango de ingresos
9%Hasta $50.831.000
19%$50.831.001 – $101.662.000
28%$101.662.001 – $238.074.000
39%Más de $238.074.000

¿Cómo se presenta la declaración de renta con la nueva obligación?

A partir del año gravable 2024, los contribuyentes que tengan ingresos por rentas de trabajo por honorarios y servicios deberán presentar la declaración de renta utilizando el Formulario 210 y diligenciando la Sección de rentas por honorarios sujetos a costos y gastos.

¿Qué debo hacer si tengo dudas sobre la nueva obligación?

Para contadores:

  • Asistir a capacitaciones sobre la nueva norma.
  • Consultar la página web de la DIAN o contactarse con la entidad directamente.
  • Buscar información en publicaciones especializadas en temas tributarios.

Para contribuyentes:

  • Consultar con un contador para que le asesore sobre la aplicación de la norma.
  • Leer la información publicada por la DIAN sobre la nueva obligación.
  • Asistir a seminarios o talleres sobre el tema.

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La nueva obligación en rentas de trabajo por honorarios y servicios representa un cambio importante para los contribuyentes y contadores. Es fundamental que ambas partes se familiaricen con la norma y tomen las medidas necesarias para cumplir con sus obligaciones.


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<strong>Adriana Candamil</strong>

Adriana Candamil

Marketing Digital

Redacción creativa y creadora de contenido audiovisual. Apasionada por temas de innovación
y emprendimiento.

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