Facilidades de pago para deudas con la DIAN

¿Tienes una deuda pendiente con la DIAN y te preocupa cómo pagarla? No te preocupes, existen facilidades de pago que te pueden ayudar a cumplir con tu obligación tributaria sin afectar tu bolsillo.

En este artículo, te explicaremos en detalle todo lo que necesitas saber sobre las facilidades de pago que ofrece la DIAN:

Facilidades de Pago con la DIAN

¿Qué son las facilidades de pago?

Las facilidades de pago son el mecanismo que permite a todos los contribuyentes obtener plazos para el pago de las obligaciones, las cuales son administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacional (DIAN). El trámite para realizar la solicitud es gratuito y no requiere de intermediarios.

¿Quiénes pueden acceder?

En general, pueden acceder a las facilidades de pago todos los contribuyentes que tengan una deuda pendiente con la DIAN, incluyendo:

  • Personas naturales
  • Personas jurídicas
  • Entidades sin ánimo de lucro

¿Qué requisitos debo cumplir?

Para acceder a las facilidades de pago, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • No tener embargos vigentes
  • No estar en proceso de liquidación judicial
  • No tener procesos administrativos sancionatorios en curso
  • Presentar una solicitud formal ante la DIAN

¿Qué tipos de facilidades de pago existen?

La DIAN ofrece dos tipos de facilidades de pago:

  • Acuerdos de pago: Se trata de un acuerdo entre el contribuyente y la DIAN para pagar la deuda en cuotas mensuales. El plazo máximo para pagar la deuda es de 5 años.
  • Pagos parciales: Esta opción te permite realizar pagos parciales de la deuda sin necesidad de suscribir un acuerdo de pago.

¿Cómo solicitar una facilidad de pago?

Puedes hacer la solicitud a través de Los buzones electrónicos de la DIAN o en las ventanillas de correspondencia en cualquiera de las Direcciones Seccionales del país que incluya:

  • La ciudad, fecha y dirección seccional de la DIAN en la cual está tu domicilio tributario.
  • Nombre o razón social de tu empresa, Número de Identificación Tributaria (NIT), dirección y teléfono del solicitante.
  • La firma y el número de documento de identificación del solicitante, representante legal o apoderado.
  • Copia del documento de identidad del solicitante, representante legal o apoderado.
  • Calidad en la que actúa (es decir, si es en nombre propio, como representante legal o el apoderado de una empresa natural) y documentos que den soporte (Certificado de Cámara de comercio o poder).
  • El plazo de pago que deseas solicitar.
  • La periodicidad de pago y la modalidad de las cuotas.
  • Si la empresa solicitante es una sociedad, deberá adjuntar los documentos indicados en trámites tributarios, módulo Facilidades de pago para los deudores de obligaciones tributarias.

Plazos y requisitos adicionales

Facilidades con plazo igual o inferior 1 año

  • El solicitante debe haber cumplido las facilidades de pago durante el año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud (si aplica).
  • La solicitud se puede realizar de manera presencial o virtual.
  • No se necesita de una garantía.

Facilidades con plazo superior a 1 año

  • El solicitante debe incluir la descripción y los documento que soporten la garantía ofrecida para el pago conforme a lo dispuesto en el Instructivo IN-COT-0070 Garantías.
  • Si eres contribuyente obligado a llevar contabilidad, debes adjuntar los estados financieros firmados en los dos últimos cortes anuales con sus notas. También se debe incluir la copia de la cédula y la tarjeta profesional del contador que los elaboró y del revisor fiscal (si aplica).
  • Documento del flujo de caja proyectado por el tiempo de la facilidad de pago, en el cual se debe incluir las cuotas a pactar.
  • Si eres contribuyente que NO está obligado a llevar contabilidad, o eres trabajador independiente, debes adjuntar el certificado de ingresos y retenciones firmados por un contador público.
  • Si eres asalariado, debes adjuntar el certificado de ingresos y retenciones expedido por la empresa con la cual estás vinculado laboralmente.

¿La facilidad de pago congela los intereses de mora de las obligaciones?

No. Los intereses de mora continúan generándose con la tasa vigente al momento de pagar cada cuota, durante el plazo pactado.

¿Qué beneficios obtienes al suscribir una facilidad de pago?

Obtendrás un plazo adicional para cumplir con la obligación tributaria con cuotas que se ajusten a tu capacidad de pago. Además, el proceso de cobro se suspende mientras esté vigente la facilidad de pago y evitas el riesgo de embargo de tus bienes.

¿Cuál es el plazo máximo que otorga la DIAN en una facilidad de pago?

La DIAN puede conceder un plazo de hasta cinco (5) años en una facilidad de pago. Adicionalmente, podrían otorgarse hasta dos (2) años más, si la Dirección de Gestión de Impuestos lo autoriza.

🧐 Conoce más: Facilidades de pago para los deudores de obligaciones tributarias

Las facilidades de pago son una herramienta útil que te puede ayudar a cumplir con tus obligaciones tributarias con la DIAN. Si tienes una deuda pendiente con la DIAN, te recomendamos que explores esta opción y te informes sobre los requisitos y el proceso de solicitud.

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Anlly Calle

Anlly Calle

Técnica en procedimientos contables y Estudiante de Psicología.

Apasionada por aprender y enseñar. Especialista en soporte y creadora de contenido audiovisual.

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